Certificado médico para Licencia de Armas en Badalona

La Ley de España es bien clara en especificar que la tenencia y uso de armas de fuego requiere de una autorización o una licencia expedida por los organismos pertinentes. Ello implica la presentación de un certificado médico para Licencia de Armas para asegurarse que las personas que emitan la solicitud reúnan las condiciones psicofísicas para tener armas en su poder.

El caso es que ningún ciudadano/a que no apruebe este certificado, no podrá poseer o utilizar armas de fuego, ni ser titulares de las licencias o autorizaciones correspondientes. Ya que podría representar un riesgo ajeno, incluso, para sí mismo/a. 

El certificado médico para Licencia de Armas, por tanto, es un requisito imprescindible para portar armas de fuego legalmente en el país, según eMinisterio del Interior. Ahora ¿En qué consiste esta licencia? ¿Cuáles son los tipos de licencias de armas que requieren un certificado médico? Vamos a repasarlo en este post.

Certificado médico para Licencia de Armas en Badalona

¿Qué es el certificado médico para Licencia de Armas?

La obtención de un certificado médico para Licencia de Armas demanda todo un proceso basado en una auscultación de los parámetros cardio pulmonares, medición de la presión sanguínea y una exploración oftalmológica en aras de evaluar la condiciones de vuestra visión.

También se llevan a cabo pruebas de audición con la finalidad de determinar si sois capaces de controlar las diferentes intensidades de ondas sonoras. Eso sí, durante la ejecución de este examen la persona interesada debe acceder a una cabina insonorizada de ruidos externos.

Para adquirir el certificado psicotécnico, por otro lado, el/la aspirante a la licencia debe superar el “test de coordinación visomotora bimanual”, en el que se suele usar un simulador para poder realizarlas.

Tipos de licencias que demandan algunas armas

De acuerdo al Real Decreto 137/1993, de 29 de enero estos de los diferentes tipos de armas que demandan un certificado médico para Licencia de Armas:

Licencia tipo B

La licencia tipo B hace alusión a la autodefensa y tiene una duración de 3 años. Consiste en un documento que permite la posesión y el uso de armar cortas, como pistolas y revólveres, bajo estrictas medidas de seguridad. La documentación para obtener la licencia es la siguiente:

  • Certificado de aptitudes psicofísicas.
  • Certificado de antecedentes penales.
  • Certificado de antecedentes sobre violencia de género.
  • Fotocopia del DNI.
  • Justificante de haber pagado la tasa correspondiente para la expedición de la licencia, modelo 790.

Licencia tipo C

La licencia de armas tipo C se refiere a las armas de guerra contempladas en el apartado 3 del artículo 6 del Reglamento de Armas, según el servicio a prestar. Hablamos de una licencia reservada a escoltas privados o vigilantes de las empresas de seguridad, así como a los guardas rurales y los vigilantes de explosivos.

Su duración es proporcional al tiempo de prestación del servicio de seguridad. Los requisitos para obtener esta licencia son:

  • Certificado de aptitudes psicofísicas.
  • Certificado de antecedentes penales.
  • Certificado de antecedentes sobre violencia de género.
  • Certificado o informe de la empresa, entidad o superior al que prestéis vuestros servicios, que conste que os dedicáis u os dedicaréis a esta actividad. También debéis precisar la localidad en la que os desempeñáis.
  • Fotocopia del DNI.
  • Fotocopia del documento acreditativo de la habilitación del interesado para el ejercicio de funciones de seguridad.
  • Justificante de haber pagado la tasa correspondiente para la expedición de la licencia, modelo 790.

Licencia tipo D

Es un documento que os permite portar legalmente armas de fuego largas rayadas empleadas para caza mayor. Es decir, rifles y escopetas de caza con cañón estriado que hace que la bala rote sobre sí misma y mantenga una trayectoria más estable. Su duración es de 5 años y para la posesión de esta licencia, además de un certificado médico para Licencia de Armas es importante: 

  • Certificado de aptitudes psicofísicas.
  • Certificado de antecedentes penales.
  • Certificado de antecedentes sobre violencia de género.
  • Fotocopia del DNI.
  • Validar la dedicación al deporte cinegético o fotocopia de la licencia de caza.
  • Declaración jurada de la guarda de las armas en caja fuerte.
  • Justificante de haber pagado la tasa correspondiente para la expedición de la licencia, modelo 790.

Licencia tipo E

La licencia de tipo E es la más común y permite a los solicitantes la tenencia de armas de tipo deportivo y escopetas de caza lisas. Tiene una duración de 5 años y los requisitos que se han de reunir para su obtención son:

  • Certificado de aptitudes psicofísicas.
  • Certificado de antecedentes penales.
  • Certificado de antecedentes.
  • Fotocopia del DNI.
  • Acreditar la dedicación al deporte de la caza o fotocopia de la licencia de caza.
  • Justificante de haber pagado la tasa correspondiente para la expedición de la licencia, modelo 790

Licencia tipo F

Permite el uso de armas en campos, polígonos y galerías de tiro, lo que significa que no admite su en espacios públicos. Este tipo de armas, de hecho, tiene que permanecer custodiada en los locales de las federaciones o en el domicilio del titular de forma desactivada (con cierre o similar dentro de una caja fuerte).

La duración de esta licencia es de 3 años, sin embargo, los deportistas inactivos durante un año sin realizar la actividad deportiva perderán la licencia tipo F, a menos que el distanciamiento sea por una lesión, accidente o situación de salud.

Al igual que los casos anteriores, se requiere un certificado médico para Licencia de Armas para la tenencia de este permiso, además, os debéis cumplir con estos requisitos:

  • Certificado de antecedentes penales.
  • Certificado de antecedentes sobre violencia de género.
  • Certificado de la Federación o Delegación de Tiro Olímpico en el que se acredite su condición de tirador y la categoría que tengáis.
  • Fotocopia del DNI.
  • Fotocopia de la licencia federativa de la Federación a que corresponda, vigente.
  • Declaración jurada de guardar las armas y piezas fundamentales en caja fuerte.
  • Justificante de haber pagado la tasa correspondiente para la expedición de la licencia, modelo 790.

Conclusiones

certificado médico para Licencia de Armas

Como veréis, para solicitar cualquier tipo de licencia de armas es indispensable la consignación de antecedentes penales y buenas actitudes psicofísicas. En Badalona nosotros podemos ayudaros a obtener el certificado médico para Licencia de Armas a través de nuestros equipos de profesionales especializados en la materia.

Además, tanto para obtención como para la renovación de vuestra licencia de armas, solo necesitaréis DNI/NIE, una fotografía tamaño carnet reciente y del resto de los trámites nos ocupamos nosotros.

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